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Desde un punto de vista financiero se considera como operación reestructurada al crédito sujeto a la reprogramación de pagos aprobada en el proceso de reestructuración patrimonial conforme a la Ley General del Sistema Concursal. Desde el punto de vista operativo de Acceso Crediticio Edpyme, los créditos con buen comportamiento de pagos, que se encuentran al día y que por sus características necesitemos variar las condiciones de plazos, tasa o cuota, los consideramos como reestructurados, en éste caso, el nuevo crédito cancela al anterior, el MAF del nuevo crédito es el saldo capital del crédito anterior. La condonación total o parcial de los intereses así como la disminución en la tasa de interés se realiza con el conocimiento/autorización de la Gerencia de Cobranzas.

Documentos a presentarse:

– Valorados debidamente firmados por todos los intervinientes del crédito original, en las que incluyen sus huellas digitales, en los documentos vigentes siguientes:

  • Solicitud de Crédito.
  • Pagaré Contrato de Crédito.
  • Hoja de resumen Informativa.
  • Copia legible de Documentos de Identidad de todos los intervinientes del crédito.
  • Copia legible de recibo de servicios actual, donde se detalla la dirección actual y real.
  • Copia legible de Documento de propiedad actual (Titulo de propiedad, Certificado de Posesión, etc).

Se considera como operación refinanciada al crédito respecto del cual se producen variaciones de plazo y/o monto del contrato original que obedecen a dificultades en la capacidad de pago del deudor. En estas operaciones se genera un nuevo crédito, el cual puede tener diferente tasa y/o plazo que el anterior e incluso una mejora en las garantías. El MAF del nuevo crédito es el saldo capital del crédito a refinanciar. La condonación total o parcial de los intereses así como la disminución en la tasa de interés se realiza con el conocimiento/autorización de la Gerencia de Cobranzas correspondiente.

Documentos a presentarse:

– Valorados debidamente firmados por todos los intervinientes del crédito original, en las que incluyen sus huellas digitales, en los documentos vigentes siguientes:

  • Pagaré.
  • Contrato de Crédito.
  • Hoja de Resumen Informativa.
  • Copia legible de Documentos de Identidad de todos los intervinientes del crédito.
  • Copia de recibo de servicios actual, donde se detalla la dirección actual y real.

Se considera como operación reprogramada al crédito en calificación normal o cpp (hasta 30 días de mora en cualquiera de sus cuotas vencidas) al que se le ha modificado (reprogramado) las fechas de vencimiento de sus cuotas. Sólo se modifican las fechas de vencimiento de las cuotas; la tasa, cuota y saldos (capital e intereses) siguen siendo los mismos. La reprogramación procede por una sola vez. Migrando esta cuenta al Tramo R (Reprogramados), en cada cierre de periodo.

Documentos a presentarse:

  • Solicitud de reprogramación debidamente firmada por el titular del crédito, en la que se incluye su huella dactilar.