Refinanciación

Se considera como operación refinanciada al crédito respecto del cual se producen variaciones de plazo y/o monto del contrato original que obedecen a dificultades en la capacidad de pago del deudor. En estas operaciones se genera un nuevo crédito, el cual puede tener diferente tasa y/o plazo que el anterior e incluso una mejora en las garantías. El MAF del nuevo crédito es el saldo capital del crédito a refinanciar. La condonación total o parcial de los intereses así como la disminución en la tasa de interés se realiza con el conocimiento/autorización de la Gerencia de Cobranzas correspondiente.

Documentos a presentarse:

– Valorados debidamente firmados por todos los intervinientes del crédito original, en las que incluyen sus huellas digitales, en los documentos vigentes siguientes:

  • Pagaré.
  • Contrato de Crédito.
  • Hoja de Resumen Informativa.
  • Copia legible de Documentos de Identidad de todos los intervinientes del crédito.
  • Copia de recibo de servicios actual, donde se detalla la dirección actual y real.